Información para establecimientos
Requisitos de adhesión, funcionamiento en el local y obligaciones documentales para restaurantes, bares y cafeterías de los municipios del programa.

El programa Bono Hostaleria 2026 tiene como objetivo incentivar el consumo en establecimientos hosteleros ubicados en el ámbito territorial afectado por la DANA de octubre de 2024 incluido en los municipios del programa, apoyando la reactivación de la actividad, el tejido empresarial y el empleo en el sector.
¿Qué es el Bono Hostaleria 2026?
Es el programa Bono Hostaleria dirigido a personas físicas mayores de edad empadronadas en cualquiera de los municipios y pedanías del programa. El bono cubre el 50 % de los consumos subvencionables realizados en establecimientos adheridos, con un máximo de 50,00 € por persona beneficiaria.
Para alcanzar el bono máximo de 50,00 €, la persona beneficiaria deberá justificar consumos subvencionables por importe igual o superior a 100,00 €. Cada ticket o factura simplificada deberá ser de al menos 20,00 € y podrán acumularse varios justificantes dentro del periodo subvencionable.
Objetivos del programa
- Reactivar la actividad hostelera en el ámbito territorial afectado incluido en los municipios del programa.
- Incentivar el consumo local y facilitar la recuperación de los hábitos de consumo.
- Contribuir al fortalecimiento del tejido empresarial y a la estabilización del empleo en el sector turístico.
¿Cómo puedo participar como establecimiento?
Si deseas que tu establecimiento figure como adherido al programa, deberás cumplir los requisitos de la resolución y formalizar la adhesión dentro del plazo establecido.
1. Requisitos para la adhesión
- Ubicación: disponer de un establecimiento abierto al público ubicado físicamente en alguno de los municipios del programa o, en el caso de València, en alguna de las pedanías incluidas.
- Alta en el IAE: encontrarse en situación de alta formal en alguno de los epígrafes admitidos por la resolución.
- TPV y conectividad: disponer de terminal de cobro físico/datáfono operativo con número de comercio/FUC y conectividad digital adecuada para expedir los justificantes de pago vinculados.
Epígrafes de IAE admitidos
- 671.1 a 671.5: servicios en restaurantes.
- 672.1, 672.2 y 672.3: servicios en cafeterías.
- 673.1 y 673.2: servicios en cafés y bares.
- 676: servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
2. Adhesión al programa
La adhesión se formalizará a través del formulario habilitado en la web oficial del programa (https://recuperemhosteleriaturismecv.gva.es), entre el 1 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.
Con la solicitud de adhesión deberá adjuntarse:
- Declaración responsable suscrita.
- Certificado censal de situación de actividad económica en el IAE.
3. Validación de la adhesión
Una vez validado el cumplimiento de los requisitos, el establecimiento se incorporará al listado público de establecimientos adheridos, que se publicará y actualizará en la web oficial. Solo serán subvencionables los consumos realizados desde la fecha en que el establecimiento haya sido efectivamente validado y figure en dicho listado.
¿Cómo funciona el programa en mi establecimiento?
1. Periodo válido de consumo:
Solo serán subvencionables los consumos realizados desde la publicación de la resolución de concesión en la que la persona solicitante resulte beneficiaria y desde la fecha en que el establecimiento haya sido efectivamente validado como adherido.
2. Pago de la consumición: La persona beneficiaria abonará íntegramente la consumición con una tarjeta bancaria de su titularidad. No se admiten pagos en efectivo, mediante tarjetas de otras personas u otros medios de pago no vinculados a dicha titularidad.
3. Justificantes: El establecimiento deberá expedir el ticket o factura simplificada de la consumición y el correspondiente comprobante o recibo de pago con tarjeta/TPV. La persona beneficiaria utilizará ambos documentos para justificar el gasto en la plataforma.
4. Importe mínimo por justificante: Cada ticket o factura simplificada deberá alcanzar un importe mínimo de 20,00 € para poder computar a efectos del bono.
Plazos importantes
- Adhesión de establecimientos: del 1 al 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.
- Solicitudes del bono de las personas beneficiarias: desde el 15 de octubre de 2026 hasta el agotamiento del crédito máximo potencialmente comprometido y, como máximo, hasta el 30 de noviembre de 2026.
- Consumo y disfrute: desde la fecha de publicación de la resolución de concesión, hasta el 13 de diciembre de 2026, ambos inclusive. En todo caso, solo serán subvencionables los consumos realizados desde la fecha en que el establecimiento haya sido efectivamente validado como adherido al programa.
- Presentación de justificantes por las personas beneficiarias: hasta el 15 de diciembre de 2026, inclusive.
¿Qué sucede si dejo de cumplir los requisitos?
Los establecimientos adheridos quedan sujetos a comprobación y deberán mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos durante su participación en el programa. También deberán conservar la documentación justificativa y someterse a las actuaciones de comprobación y control que correspondan.
Más información: https://recuperemhosteleriaturismecv.gva.es